Córdoba: ¿Cómo cancelar deudas con TiPAs?

La provincia de Córdoba habilitó la posibilidad de cancelar impuestos provinciales adeudados a través de bonos “TiPAs”. En esta nota te explicamos cómo hacer.

03 de julio de 2020

Ahora, se pueden cancelar impuestos provinciales de Córdoba adeudados a través del Mercado de Capitales. Para reanudar las actividades económicas en marco de la pandemia, la provincia de Córdoba puso en circulación los bonos TiPAs para quienes cuenten con deudas consolidadas al 29 de febrero de este año. 

A continuación, respondemos las preguntas más frecuentes sobre esta nueva posibilidad:

¿Qué son los TiPAs?

Los Títulos de Pago de Acreencias (TiPAs) son bonos disponibles en el Mercado de Capitales, emitidos por el Poder Ejecutivo Provincial dentro del Programa Global de Emisión de Títulos de Deuda.

Precisamente, estos títulos fueron emitidos con el fin de pago y/o cancelación de la deuda que la provincia mantiene con los proveedores y contratistas, por obligaciones contraídas hasta el día 31 de marzo de 2020. Por ende, no se podrán utilizar para cancelar impuestos posteriores a esa fecha o a vencer. 

La lámina mínima para estos títulos es $50.000.

 

¿Quiénes pueden adquirirlos y cuáles son los beneficios?

Pueden adquirir los TiPAs aquellas empresas y contribuyentes que adeudan impuestos provinciales hasta el 29 de febrero de este año. Quienes lo hagan, podrán:

  • Ahorrar hasta un 70% de recargos y multas.
  • Cancelar impuestos y/o multas propias o de terceros, siempre que su recaudación esté a cargo de Rentas Córdoba.
  • Disponer de ellos en el Mercado de Capitales.
  • Atesorarlos como inversión. Se percibirán amortizaciones de capital y servicios.
  • Utilizarlos como garantía para afianzar el cumplimiento de obligaciones originadas en procesos administrativos, como: contratación con el Estado, obra pública, etc.


¿Cuáles son las deudas que se pueden cancelar?

Los bonos TiPAs pueden ser utilizados para abonar las siguientes obligaciones de la provincia de Córdoba adeudadas al 29 de febrero inclusive: 

  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Impuesto de Sellos.
  • Impuesto Inmobiliario.
  • Impuesto a la Propiedad Automotor.
  • Impuesto a las Embarcaciones.
  • Obligaciones correspondientes a Agentes de retención, percepción y/o recaudación que hubieren omitido retener, percibir y/o recaudar; o habiendo retenido, percibido y/o recaudado, no hubieran ingresado su pago.
  • Deuda incluida en planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes, en tanto se solicite su cancelación para el pago con títulos.
  • Multas de contribuyentes y/o responsables.
  • Tasas Retributivas de Servicios.
  • Tasas de Justicia.
  • Acreencias no tributarias y/o recursos recaudados por la Dirección General de Rentas.
  • Multas de la Policía Caminera del Ministerio de Seguridad, multas de la Secretaría de Comercio, multas de la Administración Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de la Secretaría de Ambiente.

También se pueden cancelar las obligaciones que estén en una gestión judicial, al igual que sus honorarios y gastos.

Sin embargo, aquellos que cuenten con un nuevo plan, sólo podrán cancelar con TiPAs la primera cuota. Las siguientes, deberán abonarse a través de los medios habituales. 

Para planes activos, es posible solicitar a Rentas la Cancelación Anticipada Total para abonar con TiPAs en único pago. Por supuesto, se podrá realizar sólo si las obligaciones incluidas son anteriores al 29 de febrero de este año.

 

¿Cuáles obligaciones no pueden abonarse con TiPAs?

Si bien la capacidad de cancelación de deudas con estos títulos es amplia, no se podrán aplicar para:  

  • Acreencias provenientes de la gestión de cobro y recupero encomendadas a la Dirección General de Rentas por el Ministerio de Salud.
  • Importes derivados de la Tasa Vial Provincial - Ley N° 10.081 y sus normas complementarias.
  • Cuotas de los planes de facilidades de pago vigentes.


En caso de no tener TiPA, ¿Cómo obtenerlos para cancelar obligaciones con iguales beneficios?

  1. Verificar en la web de Rentas Córdoba el monto a abonar. 
  2. Abrir una cuenta en TSA Bursátil.
  3. Comunicarse con un asesor comercial para adquirir TiPAs.


¿Cómo es el paso a paso para cancelar deudas con TiPAs?

El procedimiento para la cancelación de impuestos vencidos es iniciado y finalizado por  el mismo contribuyente. Explicamos brevemente los pasos:

  1. Contactar a un asesor de TSA Bursátil y solicitar la transferencia de títulos a la cuenta comitente de Rentas. La primera transferencia, puede demorar hasta 4 días hábiles.
  2. Al cierre del día, el asesor confirmará si la operación fue concertada correctamente.
  3. Luego de 24 horas, Caja de Valores envía un resumen a Rentas. Este último, procesa el resumen y pone a disposición las transferencias.
  4. Pasadas 24 ó 48 horas, el cliente deberá ingresar con su usuario a la web de Rentas y hacer clic en “Pagar con Transferencia de TiPAs”. Podrá visualizar las transferencias pendientes de usar/quemar y los cedulones que se generaron o buscar de otra persona.
  5. Seleccionar las transferencias a utilizar y los cedulones (propios o de terceros) a cancelar. Luego, realizar el pago. Las transferencias seleccionadas quedan “usadas/quemadas”. Los cedulones seleccionados quedan cancelados (pagados).

Ingresar al instructivo de Rentas Córdoba para más explicación.
 

Para más información, recomendamos consultar el comunicado de Rentas Córdoba.
 

Si te interesa aplicar a esta propuesta del gobierno de Córdoba, comunicate con nuestros asesores.

 

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